Proyección cartográfica: Métodos matemáticos para representar la superficie tridimensional de la Tierra (una esfera) en un mapa plano, lo que inevitablemente causa distorsiones en la forma, el área, la distancia o la dirección. Cada tipo de proyección intenta minimizar estas distorsiones de diferentes maneras según el uso previsto, clasificándose principalmente por la propiedad que conservan o por la superficie sobre la que se proyecta.
Ortofoto: Fotografía aérea digitalizada que se ha corregido geométricamente para eliminar distorsiones, como la orientación de la cámara o las diferencias de elevación. Las ortofotos presentan la misma escala en toda la superficie y pueden usarse como mapa.
SIG (Sistema de Información Geográfica): Colección integrada de software y datos informáticos utilizados para visualizar y administrar información sobre lugares geográficos. Un SIG proporciona un marco para recopilar y organizar datos espaciales con información relacionada para que se puedan mostrar y relacionar.
Desarrollo y Políticas Públicas
Fondos Estructurales: Son instrumentos de la Unión Europea que tienen por objeto reducir las divergencias de desarrollo entre las regiones y buscan reforzar la cohesión económica y social. Incluyen el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), destinado a las regiones menos favorecidas, y el Fondo Social Europeo (FSE), destinado a la formación para fomentar las oportunidades de empleo.
Objetivos de Desarrollo Sostenible: Son 17 objetivos de desarrollo humano programados por la ONU para atajar una serie de problemas mundiales: la pobreza, la desigualdad económica, el cambio climático, la degradación ambiental, la igualdad de género, un modelo urbano sostenido, la producción y el consumo sustentables, el progreso en la educación, la paz y la justicia. Este programa, que comenzó en el año 2015 y finaliza en el 2030, se presenta como una oportunidad para que los países emprendan un camino para mejorar la vida.
Organización Territorial y Administrativa
Parroquia: Territorio que abarca a varios núcleos de población bajo la jurisdicción moral de un sacerdote, de límites conocidos y asumidos por los moradores, pero no reconocidos jurídicamente en Galicia. En Galicia existen 3.781 parroquias que comprenden desde tres o cuatro aldeas hasta quince o más. El Estatuto de Autonomía de Galicia prevé que se pueda reconocer, mediante ley, personalidad jurídica a la parroquia rural.
Municipio: Unidad territorial-administrativa más básica reconocida por la Constitución de 1978. Está organizado por un ayuntamiento, dirigido por un alcalde y una corporación elegidos democráticamente. De origen castellano, donde el poblamiento está concentrado, esta división territorial de tipo político no consigue adaptarse a la realidad de Galicia, donde el nombre del ayuntamiento coincide con el núcleo de población más grande, pero que está lejos de reunir a la mayor parte de la población del ayuntamiento; razón por la que la población sigue mostrando más apego a la parroquia y no al municipio.
Provincia: Entidad local con personalidad jurídica propia, según la Constitución de 1978, compuesta por una agrupación de municipios que se creó por primera vez con la división de Javier de Burgos en 1833. Hay 50 provincias en la España actual. Su función es fomentar los intereses provinciales, prestar servicios de ámbito provincial, coordinar los servicios de los municipios y cooperar con ellos. El gobierno y la administración provincial le corresponde a la Diputación, integrada por un presidente y diputados. Los diputados se escogen entre los concejales electos en los diferentes municipios de la provincia y estos, a su vez, eligen al presidente.
Comunidad Autónoma: División político-administrativa del territorio que engloba a varias provincias que aparecen con la Constitución de 1978, si bien esta figura ya aparece recogida en la Constitución de 1931. De hecho, hay tres nacionalidades históricas (Galicia, País Vasco y Cataluña) que accedieron a la autonomía por la vía rápida del artículo 151, mientras que el resto de las CCAA, hasta las 17 que configuran el Estado español, lo hicieron por el artículo 143. Cada CCAA está dotada de un gobierno, parlamento y tribunales de justicia propios.
Espacio Schengen: (Contenido pendiente de desarrollo).